El Estado español según
dicta la Constitución de 1978, ejerce a través de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad la protección de la vida, la integridad física y moral de sus
ciudadanos. Así la propia Ley 2/86 en su art. 11. 1. b, establece: “Auxiliar
y proteger a las personas y asegurar la custodia de sus bienes”.
Además les atribuye como
funciones:
La protección de personas
y bienes que se encuentren en peligro por cualquier causa.
Vigilar y proteger los
edificios e instalaciones públicos que, por su interés lo requieran.
Velar por la protección de
altas personalidades.
Se desprende de todo lo
anterior que la “protección se configura como un sistema de seguridad
organizado para custodiar a una persona, un lugar o un objeto determinado, que
permite controlar lo que suceda en una zona, y reaccionar en su caso,
adecuadamente”.
Por todo ello un director
de seguridad, no sólo debe saber planificar el sistema de seguridad de un
edificio, con todo lo que ello conlleva, sino que además debe conocer en
profundidad las características de una Protección Personal desde los interiores
de ésta.
Un Director de Seguridad
deberá conocer el funcionamiento y la operativa del servicio de escolta de su
protegido. No obstante será también su responsabilidad. Por lo tanto aún
pudiendo no ser propiamente un escolta, si es conveniente que disponga de los
conocimientos básicos de éstos.
El plan de protección
Toda intención de prestar
seguridad a un VIP determinado debe pasar inexorablemente por la realización de
un estudio completo acerca de la viabilidad de imponer un equipo de protección,
la adecuación de las medidas a aplicar y la perfecta sincronización de éstas
con los medios requeridos, tal que se puedan ofrecer las garantías suficientes
sobre la efectividad de su implantación.
Las actuaciones llevadas a
cabo con ese fin pero de forma descontrolada o sin el conocimiento oportuno,
incluso al margen de las normas legales existentes, solo conducirán al fracaso
de tal protección, ya fuere por exceso o por defecto de dichas medidas.
Lógicamente se impone
preparar un Plan de Protección, como conjunto de documentos en el que, a partir
de describir el objeto o sujeto de protección, se vaya incluyendo la correspondiente
documentación elaborada: riguroso análisis de riesgos y estudio de
vulnerabilidades, cuyo correcto resultado dará la necesidad o no de protección
, el tipo y los medios para su desarrollo y las medidas organizativas
necesarias en las que se definan desde la depuración de responsabilidades,
hasta las técnicas y tácticas a ejecutar en cada momento, la evaluación del
servicio, y las consecuentes medidas de inversión necesarias para alcanzar los
objetivos marcados así como permitir su actualización permanente.
La normativa de seguridad
privada
La actividad de protección
de personas podrá ser desarrollada únicamente por escoltas privados integrados
en empresas de seguridad, inscritas para el ejercicio de dicha actividad, y que
habrán de obtener previamente autorización especifica para contratación de
servicios de protección.
Solicitud
Los servicios de
protección deberán ser solicitados, directamente por la persona interesada o a
través de la empresa de seguridad que vaya a prestarlos, ya sean en favor del
propio interesado o de las personas que tengan bajo su guarda o custodia o de
cuya seguridad fuera responsable.
El procedimiento se
tramitará con carácter urgente, y en el mismo habrá de obtenerse el
informe de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, cuando sea
procedente, teniendo en cuenta los lugares en que haya de realizarse
principalmente la actividad.
En la solicitud, que se
dirigirá al Director General de la Policía y de la Guardia Civil o, en su caso,
al órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma competente, se harán constar
los riesgos concretos de las personas a proteger, valorando su gravedad y
probabilidad y acompañando cuantos datos o informes se consideren pertinentes
para justificar la necesidad del servicio. Asimismo, cuando la autorización se
solicite personalmente, se expresará en la solicitud la empresa de seguridad a
la que se pretenda encargar el servicio.
La Dirección General de la
Policía y de la Guardia Civil o, en su caso, el órgano correspondiente de la
Comunidad Autónoma competente, considerando la naturaleza del riesgo, su
gravedad y probabilidad, determinará si es necesaria la prestación del servicio
de protección o si, por el contrario, es suficiente la adopción de medidas de
autoprotección. Los servicios de protección personal habrán de ser autorizados,
expresa e individualizadamente y con carácter excepcional, cuando, a la vista
de las circunstancias expresadas resulten imprescindibles, y no puedan cubrirse
por otros medios.
La resolución en
que se acuerde la concesión o denegación de la autorización, que habrá de ser
motivada, determinará el plazo de vigencia de la misma, podrá incorporar
condicionamientos sobre su forma de prestación, concretará si ha de ser
prestado por uno o más escoltas privados con las armas correspondientes, y se
comunicará al interesado y a la empresa de seguridad.
Escalones y niveles de
seguridad
En la protección de
personas, en función de los riesgos a los que se expone el VIP, es necesario
establecer con anterioridad un Dispositivo de Protección con unos Niveles de
Seguridad.
Se establecen cinco niveles
de seguridad:
Primer nivel especial.
Primer nivel.
Segundo nivel especial.
Segundo nivel.
Tercer nivel.
Cada uno de estos niveles de
seguridad tiene una composición de cápsula distinta, de mayor o menor
complejidad, cuente o no con apoyos de avanzadas y/o contra vigilancias.
Evaluación de dispositivos
El Director de Seguridad
debe conocer que cada nivel de seguridad ha de ser previamente evaluado en
función de los movimientos cotidianos del VIP.
El Dispositivo que se
establezca en su entorno debe abarcar:
Domicilio personal.
Lugar de trabajo habitual.
Itinerarios utilizados
habitualmente, y también los distintos alternativos que puedan ser utilizados.
Horarios de actividad,
descanso, ocio, etc.
Modo usual en el que se
realizan los desplazamientos.
Las reglas de oro para un
Director de Seguridad a la hora de establecer un dispositivo de protección de
personalidades son:
Planificación previa.
Previsión de
posibilidades.
Prevención de peligros.
Prevención de problemas.
Prevención de percances.
Protección total.
Coordinación con el
departamento de seguridad
La coordinación de los
diferentes dispositivos de seguridad que realicen los escoltas dentro de un
servicio de protección personal, pasa de manera inequívoca por la dirección,
control y supervisión de un Director de Seguridad, creando un Departamento de
Seguridad.
El Director de Seguridad
establecerá una jerarquía de responsabilidades, acompañándose en su dirección
por un:
Jefe de Dispositivo.
Jefe o Jefes de Cápsula
que sean necesarios.
Evacuaciones
El Director de Seguridad
debe organizar ante un intento de agresión a un VIP protegido por su
departamento, que el equipo de protección cumpla con una de sus funciones
primordiales:
“LA COBERTURA Y EVACUACIÓN
DEL PROTEGIDO”
Las líneas generales que
rigen la cobertura y evacuación son:
El Escolta que detecta el
intento de agresión procede a neutralizar al agresor, pudiendo ser auxiliado en
esta función por otros Escoltas del segundo círculo de protección, si éste
existiese.
Al mismo tiempo que el Escolta
procede a neutralizar al agresor, dará la voz de alarma al resto del equipo de
protección, indicándoles tipo de agresión y dirección de la misma. Ejemplo
“cuchillo a las 9”, etc.
Ante esta situación el
equipo protector procederá de forma instantánea a la Cobertura y Evacuación del
VIP, dirigiéndolo hacia el itinerario previsto con anterioridad.
El Jefe de Cápsula será el
encargado de cubrir y evacuar a la personalidad, así como de elegir el
itinerario más adecuado en esos momentos.
Acceso de personas y objetos
El control de accesos es una
de las misiones más importantes dentro de la protección de personas, en lugares
fijos en la seguridad de un edificio o instalación.
En él se trata de evitar la
entrada de personas, objetos o mercancías que puedan poner en peligro la
integridad física de las personas que habitan en un inmueble, deteriorar o
destruir el propio inmueble protegido.
Control de personas
Identidad de los empleados
del inmueble.
Verificación de acceso de
las personas que accedan al edificio que no sean empleados de la empresa.
Control de personas de
servicio en el inmueble: conserjes, personal de mantenimiento, limpieza, etc.
Constatar sus horarios y órdenes de trabajo.
Inspección de todos los
pisos.
Confirmación de las
autorizaciones de todo el personal que se encuentre realizando obras en el
edificio o aledaños.
Control de vehículos
Placas de matrícula que
coincidan con el modelo.
Forma y situación de
adornos, pegatinas, adhesivos, etc., que puedan ocultar bocas de fuego.
Distribución anómala de la
carga del vehículo.
Dimensiones y formas de
las antenas, así como antenas en el interior.
Que el conductor del
vehículo sea el habitual.
Control de correspondencia y
paquetería
Si un paquete o carta
ofreciera sospechas de que pudiera contener alguna materia o artefacto
explosivo, se dará conocimiento inmediato al Centro de Control, quién pondrá la
incidencia en conocimiento de los especialistas de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.
Como medidas preventivas se
adoptarán las siguientes:
No tocar nada.
No abrirlo.
No doblar, mojar o
presionar.
Averiguar el Remitente,
forma y medio de recepción.
Acordonar la zona de
riesgo y proceder a la evacuación o desalojo del lugar de forma total o
parcial, según el tamaño del paquete, y a criterio del Director de Seguridad.
Actuación básica de
protección
Ante la protección de un VIP
en lugares fijos o “Protección Estática”, se debe adoptar la siguiente mecánica
de actuación:
Conocer en profundidad los
tipos o posibles riesgos y/o amenazas a los que están sometidos la personalidad
y el edificio.
Prestar especial atención
a las revisiones diarias de todo el edificio y sus alrededores.
Inspeccionar vehículos de
los alrededores del inmueble
Verificar el tráfico
rodado en los alrededores del edificio, y los vehículos aparcados, en doble
fina, mal estacionados, etc.
Especial atención a obras
y reparaciones en inmediaciones del edificio.
Corroborar el buen estado
y uso de los medios de comunicación de forma periódica.
Comprobar el buen estado y
uso del armamento.
Alejarse de los hábitos y
rutinas diarias.
Vigilancia, observación y
alerta perpetua, sin actitudes paranoicas.
En cualquier situación, no
dar jamás nada por sentado.
Los relevos y rondas,
siempre de forma aleatoria.